• El acuerdo es inválido en su totalidad
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció los efectos de la invalidez dictada en la controversia constitucional promovida en contra del “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”, publicado el 22 de noviembre de 2021.
La SCJN determinó en cuanto a dichos efectos, por mayoría de seis votos, que la invalidez del acuerdo es de carácter total, por tratarse de una instrucción hacia las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual quedó insubsistente.
Además, por tratarse de una materia ajena a la penal, la SCJN precisó que los efectos de la resolución no serán retroactivos.
Controversia constitucional 217/2021, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en contra del Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez del “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22 de noviembre de 2021. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretariado: Daniela Carrasco Berge y Juan Carlos Salamanca Vázquez.