SUSPENSIÓN FEDERAL PROTEGE DERECHO DE AUDIENCIA DE ALCALDE DE CUAUTLA BUSCADO POR AUTORIDADES

Por Estrella Pedroza

El presidente municipal de Cuautla, Jesús Corona Damián, consiguió una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo que obliga a las autoridades a presentarlo inmediatamente ante un juez si llega a ser detenido por la orden de aprehensión que enfrenta.

La resolución fue emitida por el Juzgado Quinto de Distrito en Morelos, luego de que la defensa del alcalde promoviera el amparo 974/2026 tras el despliegue del denominado Operativo Enjambre, realizado por fuerzas federales y estatales en varios municipios de la entidad.

Corona Damián permanece fuera del alcance de las autoridades desde el pasado 20 de mayo, fecha en que se ejecutó el operativo en el que fueron capturados exfuncionarios municipales, servidores públicos, una lideresa social y un alcalde en funciones. Desde entonces, autoridades lo consideran prófugo.

El edil llegó al cargo en 2024 impulsado por la alianza PAN-PRI-PRD y su nombre figura en investigaciones federales relacionadas con presuntas actividades de delincuencia organizada y extorsión.

Las indagatorias también lo vinculan con presuntas operaciones atribuidas a Júpiter Araujo, identificado por autoridades federales como supuesto operador regional del cártel de Sinaloa en la región oriente de Morelos.

El caso adquirió exposición pública después de que en 2025 circulara un video en el que aparecía junto con otros personajes políticos que posteriormente fueron detenidos o quedaron sujetos a investigación.

Según la lista de acuerdos difundida este 25 de mayo, el juicio de amparo fue admitido desde el 22 de mayo contra actos atribuidos al Juez Especializado de Control del Único Distrito Judicial del Estado, con sede en Atlacholoaya, además de otras autoridades del sistema penal acusatorio.

Como parte del trámite, el juzgado federal abrió el incidente de suspensión, solicitó informes previos a las autoridades responsables y programó para el próximo 28 de mayo la audiencia incidental.

La protección concedida no deja sin efecto la orden de captura ni impide que sea ejecutada. El alcance de la medida se limita a garantizar que, en caso de detención, Corona Damián sea puesto sin demora ante la autoridad judicial que lleva la causa penal.
“Se concede la suspensión provisional para el efecto de que una vez ejecutada la orden de aprehensión el quejoso Jesús Corona Damián quede a disposición del juez del proceso”, establece el acuerdo judicial.

Especialistas en derecho consultados por esta periodista señalaron que este tipo de suspensiones son comunes en procesos penales de alto impacto y funcionan como una garantía para evitar incomunicación o actos fuera del procedimiento judicial.

Añadieron que el recurso legal tampoco altera las investigaciones abiertas en el ámbito federal, aunque sí permite a la defensa conocer parte de las actuaciones ministeriales y preparar su estrategia jurídica.

El acuerdo federal también autorizó el acceso de las partes al expediente electrónico e incorporó al Ministerio Público de la Federación adscrito al caso.

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