En los hospitales existe una realidad silenciosa, donde personas pasan meses e incluso años postradas en una cama, conectadas a monitores, dependiendo de máquinas para poder continuar con vida; mientras experimentan un dolor físico que ningún medicamento logra quitar. Ante este escenario es preciso replantearse si ¿Prolongar la agonía significa defender la vida o es simplemente retrasar la muerte a costa del sufrimiento?
Este tópico durante mucho tiempo ha sido objeto de debate teórico, ético, moral y religioso; sin embargo, actualmente ha pasado a convertirse en una urgencia legislativa, a través de la llamada “Ley trasciende”. Esta iniciativa, fue impulsada por la activista Samara Martínez, la cual pretende impulsar la reforma de la Ley General de Salud para legalizar la eutanasia, la cual es definida como como la intervención deliberada y médica destinada a poner fin a la vida de un paciente de manera rápida, indolora y por voluntad propia, con el único fin de evitar que continúe sufriendo una enfermedad incurable o degenerativa. El objeto de regularla no es promover la pérdida de la vida, sino garantizar que el desenlace de un padecimiento terminal pueda ocurrir con la mayor paz posible.
Y si bien, actualmente existe la Ley de Voluntad Anticipada, la cual permite que un paciente decida que no se le mantenga vivo por medios artificiales; sin embargo este mecanismo no resulta suficiente en casos de dolor extremo; razón por la que lo que la iniciativa mencionada, da un paso más allá al regular la eutanasia activa donde el personal médico provee los medios para que la propia persona sea quien lo active. Asimismo, para evitar cualquier tipo de abuso, la reforma establece candados estrictos para poder llevarlo a cabo, tales como: ser mayor de edad, estar en pleno uso de sus facultades mentales, contar con la certificación de dos dictámenes médicos respecto a la irreversibilidad de su condición y ratificar su decisión ante un notario.
Lo anterior, no representa una ocurrencia, pues la regulación de la muerte dignacuenta con precedentes solidos alrededor del mundo, como Países Bajos y Bélgica que fueron los pioneros en legalizarla. En América Latina, Colombia sentó un precedente al despenalizarla a través de su Corte Constitucional, posteriormente Ecuador se sumó a la misma ruta legal. Pues estos ejemplos internacionales son referentes de que si es posible construir un marco jurídico seguro, además que se reconozca la facultad de decidir sobre el cierre de su propia historia cuando la ciencia ya no ofrece alternativas de alivio.
Finalmente, este procedimiento no obliga a ningún ciudadano a optar por él; simplemente abre una puerta alterna de alivio para quienes ya no tienen otra salida, por lo que permitir una muerte digna es un acto de empatía y justicia que una sociedad moderna debe ofrecer a sus integrantes.