ESAF: LA DISCORDIA (I)

Por Irradia Noticias

El 11 de agosto de 2003, los diputados de la XLVIII Legislatura del Congreso del Estado aprobaron para su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la nueva y esperada Ley de Auditoría Superior Gubernamental del Estado de Morelos.

Al fin los morelenses contaríamos con un instrumento jurídico actualizado que otorgaba facultades y deberes al órgano fiscalizador, obligando a éste al cumplimiento de disposiciones y normas que garantizarían su autonomía, independencia, objetividad e imparcialidad por una parte y, por otra, se le dotaba de los medios necesarios para alcanzar la excelencia de la función fiscalizadora.

Así, la Auditoría Superior Gubernamental (ASG) nos aseguraría que los recursos públicos serían gastados legalmente, de manera eficiente y honesta por servidores públicos facultados para ello, y que se sancionaría en justicia y con apego a derecho a los infractores, como elemento esencial en el combate a la corrupción y a la impunidad que tanto nos laceran socialmente hablando y desacreditan a las Instituciones.

Los diputados de aquella Legislatura normaron de manera puntual el arribo al cargo de Auditor Superior Gubernamental, cuyas acciones serían vigiladas, a su vez, por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso; por un Consejo Consultivo Ciudadano y por una Unidad de Evaluación y Control. Esta unidad tendría la encomienda de auditar al órgano fiscalizador, así como la de iniciar las investigaciones necesarias cuando se presentare alguna queja en contra de empleados de la ASG.

Iniciada la vigencia de la Ley, se debía nombrar al primer Auditor Superior Gubernamental y para ello, la nueva Ley contemplaba en su artículo 73 el procedimiento para tal designación; sin embargo, los propios diputados que la habían hecho la violaron, no la cumplieron y con intereses partidistas nombraron sin contar con los requisitos y mediante un procedimiento irregular a Diana Áurea Recio Téllez, su compañera diputada por el PRI, a quien previamente le autorizaron licencia para separarla de dicho cargo. El montaje fiscalizador había comenzado y los diputados mintieron a sus representados.

En violación de las fracciones III, IV y VII del artículo 76 de la Ley de Auditoría Superior aprobada el día 11 anterior, el 26 de agosto de 2003 los diputados de la XLVIII legislatura designaron mediante el Decreto 001115 a uno de sus miembros.

Un fragmento del Decreto contenía algunas de las mentiras, ya que en su totalidad fue producto de la imaginación: “Que en Sesión celebrada el 25 de agosto del año en curso, a partir de las 18 horas, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, en base a las documentales exhibidas por los 10 aspirantes que reunieron los requisitos legales, llevó a cabo la evaluación de conocimientos y entrevista practicada, llegando a la conclusión y así lo propuso en la terna presentada a esta Honorable Asamblea, que las personas idóneas que reúnen los requisitos constitucionales y legales, para ser considerados para ocupar el cargo de Auditor Superior Gubernamental, fueron las siguientes:

1.- LICENCIADA DIANA AUREA RECIO TÉLLEZ.
2.- CONTADORA PÚBLICA OLIVIA GEORGINA BOBADILLA MIRANDA.
3.- CONTADOR PÚBLICO JOSÉ REFUGIO LÓPEZ LARA.

“Que, con motivo del resultado de la votación, la referida profesionista presentó ante esta Soberanía, solicitud de licencia al cargo de Diputada de la XLVIII Legislatura del Congreso del Estado, a efecto de protestar el cargo conferido en la misma sesión de su designación; licencia que le fue concedida por el Pleno de la Asamblea.

Por lo antes expuesto, esta Soberanía ha tenido a bien expedir el siguiente DECRETO:
ARTÍCULO PRIMERO. – Se designa a la Licenciada Diana Aurea Recio Téllez, para ocupar el cargo de Auditor Superior Gubernamental del Organismo de Auditoría Superior Gubernamental del Congreso del Estado”.

Con este decreto, los mismos legisladores que crearon la Ley fueron los primeros en violarla para, de manera ilegítima, nombrar a la primera Auditora Superior Gubernamental en Morelos. Los prestanombres Olivia Georgina Bobadilla Miranda y José Refugio López Lara solo coadyuvaron al sainete.

A propuesta de la XLVIII legislatura, el Titular del Ejecutivo firmó el Decreto 001115, el primer acto del sainete legaloide había concluido entre gritos y los consabidos jaloneos del PRD.

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