PRESENTA DIPUTADA PAOLA CRUZ INICIATIVA PARA CREAR LA LEY DE AMNISTÍA DEL ESTADO DE MORELOS

Por Irradia Noticias

* La diputada negó que esta ley busque “liberar asesinos, violadores o secuestradores” y explicó que su única finalidad es la de brindar justicia social a grupos y personas vulnerables

La diputada Paola Cruz Torres, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), presentó este jueves ante el Pleno del Congreso del Estado, una iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se expide la Ley de Amnistía para el Estado de Morelos.

En su exposición de motivos, la legisladora recordó que una de las principales propuestas del Presidente de la República fue la de promover una Ley de Amnistía en favor de los grupos vulnerables y personas que, como consecuencia de la desigualdad social y condiciones de marginación, se encuentren presos por delitos menores, procesados o con sentencia firme o privados de su libertad.

Tras hacer un recuento del proceso legislativo de la Ley de Amnistía, que culminó con su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2020, la legisladora refirió que “existen estigmas sociales generadores de perjuicios y discriminación que obstruyen la debida impartición de justicia, ya que contrario al principio de presunción de inocencia, la persona contra la cual se ejercen es etiquetada socialmente como culpable sin haber sido oído y vencido en juicio”.

Paola Cruz detalló que “se entiende por amnistía, de conformidad al Código Penal para el Estado de Morelos, como la extinción de la pretensión punitiva y la potestad ejecutiva de la sanción, excepto la de reparación del daño, es decir, un acto del poder soberano que cubre con el velo del olvido las infracciones de cierta clase, aboliendo los procesos comenzados o que se deban comenzar, o bien las condenas pronunciadas para tales delitos”.

Agregó que esta normativa propuesta, prevé “los delitos de aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal del Estado; cualquier delito a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura; por el delito de robo simple y sin violencia; y por el delito de sedición”.

La diputada negó que esta ley busque “liberar asesinos, violadores o secuestradores”; y explicó su única finalidad es “la de brindar justicia social a los grupos y personas vulnerables que por su estado no tuvieron acceso a ella en su momento, y es únicamente aplicable para los delitos y modalidades especificados en su articulado, de los cuales se excluyen los delitos graves y los delitos violentos”.

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