El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios, que definen que partidos políticos y coaliciones podrán registrar sus candidaturas para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, del 22 al 29 de marzo.
La presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, Claudia Zavala especificó que para el caso de las diputaciones de mayoría relativa lo deberán hacer en los consejos distritales, mientras que las diputaciones por el principio de representación proporcional, ante el Consejo General del INE.
Sostuvo que los partidos políticos deberán tomar las medidas que tiendan a derribar los obstáculos de iure y de facto (de derecho y de hecho), que generen discriminación en perjuicio de las personas y, particularmente, de los grupos en situación de vulnerabilidad o de atención prioritaria.
En sesión extraordinaria, citó algunos de los criterios a observar por los partidos políticos y coaliciones:
Se incrementan de 13 a 21 los distritos en los que se deberán postular candidaturas indígenas, debiendo postular en al menos 11 de ellos a mujeres, con la intención de fortalecer el mandato de paridad de género.
En el proyecto, agregó Zavala, se propone que los partidos políticos postulen en al menos una de las primeras 10 fórmulas de sus listas de candidaturas por el principio de representación proporcional a personas indígenas, de acuerdo con la población de la misma y el número de distritos electorales indígenas de cada circunscripción, a fin de propiciar su mayor participación y representación política. “Con base en ello, las candidaturas indígenas mínimas a postular en cada circunscripción son: en la primera, una candidatura; en la segunda, una candidatura; en la tercera, cuatro candidaturas, dos por cada género; en la cuarta, dos candidaturas, una por cada género. Y en la quinta, una candidatura. De las nueve fórmulas mínimas, no más de cinco corresponderán a un mismo género”.
Candidaturas deberán cumplir la regla 3 de 3 en materia de género
La Consejera Zavala anadió que, al igual que en el 2018, se busca asegurar la paridad de género tanto en las candidaturas de mayoría relativa como en las de representación proporcional.
En las fórmulas de candidaturas encabezadas por mujeres, la candidata propietaria y suplente deberán ser del mismo género; no así para las candidaturas encabezadas por hombres, en cuyo caso la suplente sí podrá ser una mujer.
Como medida adicional para garantizar la paridad de género y que también fue implementada en el proceso electoral pasado, se propone que tanto para coaliciones parciales como candidaturas individuales de partidos, si el número de fórmulas es impar, entonces la fórmula remanente debe integrarse por mujeres.
Mencionó que, con la finalidad de erradicar la violencia política por razones de género en las contiendas electorales, los partidos políticos y coaliciones verificarán que las personas que postulen en sus candidaturas cumplan con lo que se ha denominado la regla 3 de 3 en materia de género que implica:
“Deberán firmar el formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no se encuentran bajo ninguno de los supuestos de haber sido condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
No haber sido condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal, y no haber sido condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario”, especificó la Consejera.
Se maximizan derechos
Se trata de maximizar derechos, afirmó la Consejera Dania Ravel, al añadir que el acuerdo tiene como propósito firme continuar con la implementación de medidas para la consolidación de la democracia incluyente, igualitaria y libre de toda discriminación y violencia.
Puntualizó que el partido político o coalición tendrá que revisar si la persona postulada se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, y en su caso, verificar que no esté impedida de participar como candidata en el Proceso Electoral 2021. En su intervención, la Consejera Norma De la Cruz subrayó que los criterios destacan elementos para la participación política de mujeres y la población indígena y mencionó que “los partidos políticos nacionales de nueva creación y quienes participan por primera vez en un proceso electoral deberán encabezar con mujeres tres de cinco listas plurinominales, se busca asegurar la participación paritaria de mujeres en la integración de la Cámara de Diputados”.
La Consejera Adriana Favela propuso que todos los partidos deberán encabezar al menos tres de las cinco listas de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional a nivel nacional con mujeres, lo cual fue aprobado por mayoría de votos.
Asimismo, planteó agregar una acción afirmativa a favor de las personas con discapacidad y que se obligue a los partidos políticos a que por lo menos en cada una de las listas de representación proporcional se postule a una persona con discapacidad, lo cual fue rechazado por 8 votos en contra.
Los criterios “dotan de certeza a partidos políticos, militantes, ciudadanía respecto de requisitos y procedimientos aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones federales en las elecciones. Es progresista porque tutela y potencia derechos políticos de la ciudadanía y en especial, se tutela el derecho de las mujeres a una participación paritaria, en condiciones libres de violencia y a la representación de comunidades indígenas”, afirmó la Consejera Carla Humphrey.
El Consejero Uuc-kib Espadas propuso modificar el acuerdo: mantener los 13 distritos de población indígena, pero que las fuerzas políticas puedan elegir a los de mayor densidad de población indígena y otros 11 sean postulados en el resto del país y, en segundo lugar, solicitar a los partidos políticos informen de las postulaciones que han hecho de personas que se encuentren en condiciones de vulneración. La primera propuesta fue rechazada por 10 votos en contra y la segunda avalada.
El acuerdo busca combatir la falta de representación, sin afectar derechos fundamentales, abundó el Consejero Ciro Murayama al mencionar dos innovaciones, la ampliación del número mínimo de candidaturas indígenas y al mismo tiempo, no prohíbe que quien no sea indígena pueda ser postulado por los partidos políticos en algún distrito en específico.
En seguida, el Consejero Jaime Rivera dijo que se trata de un conjunto de acciones que tienden a nivelar los derechos y oportunidades de grupos humanos que históricamente han sido excluidos, por lo que consideró que deben ser vistas con el horizonte de ir construyendo una sociedad cada vez más justa e igualitaria.
Se determina el financiamiento público para 10 partidos políticos nacionales
En otro punto de la sesión, la autoridad electoral aprobó por unanimidad, con base en las fórmulas constitucional y legales establecidas, el monto del financiamiento público que corresponde a cada uno de los partidos políticos nacionales para el ejercicio 2021, así como para las prerrogativas postal y telegráfica.
La Consejera Claudia Zavala precisó que una vez que se tuvo certeza del número total de partidos políticos nacionales, se determinó la distribución del financiamiento público federal, incluido el de actividades ordinarias y específicas, gastos de campaña, el monto a destinar para el liderazgo político de las mujeres, franquicia postal y telegráfica.
El pasado 6 de noviembre se reanudó el proceso de constitución como partido político nacional de la organización denominada “Gubernatura Indígena Nacional, A. C.” y en el caso de otorgársele el registro, la autoridad electoral tendrá que ajustar estos montos.
La distribución del financiamiento que les corresponderá a cada partido político será el siguiente:
Asimismo, se reserva el monto de 35 millones 006 mil 348 pesos para ser distribuido igualitariamente, como prerrogativa postal, entre los 10 partidos políticos nacionales y cada una de las Candidaturas Independientes que en su momento obtengan el registro.
En el desarrollo de la sesión, consejeras y consejeros avalaron que la impresión de las boletas electorales y la documentación electoral que por sus especificaciones técnicas es de papel, se realizará en Talleres Gráficos de México, entidad paraestatal, en virtud de que ofrece la infraestructura industrial, técnica y humana necesarias, así como la experiencia y capacidad de respuesta demostradas en procesos electorales anteriores. Finalmente, por 10 votos a favor y 1 en contra, el pleno avaló la remoción del cargo de la Consejera Presidenta del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), Ana Isabel León Trueba.
Se acreditó que incurrió en una indebida dilación procedimental por más de 15 meses sin que mediara pronunciamiento o razón alguna que justificara su inactividad, al no haber ejercido de forma oportuna y eficaz las atribuciones legalmente conferidas para darle el cauce legal correcto a la sustanciación de las investigaciones ordenadas por el Consejo General e iniciara el procedimiento ordinario sancionador, al concluir la investigación de la Unidad Técnica de Fiscalización sobre aportaciones, o en su caso, erogaciones relativas por parte del Partido Socialdemócrata de Morelos por la contratación de los servicios profesionales de Cuauhtémoc Blanco Bravo para ser precandidato y después candidato a Presidente Municipal de Cuernavaca durante el Proceso Electoral Local 2014-2015.
No se acreditó la infracción de la Consejera Isabel Guadarrama Bustamante, así como de los consejeros Alfredo Javier Arias Casas y José Enrique Pérez Rodríguez, ya que realizaron las acciones pertinentes para lograr que fuera el Consejo General del IMPEPAC el que emitiera la determinación correspondiente.