SE PUBLICA REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL PARA TRAMITAR EL RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO POR REASIGNACIÓN DE CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA

Por Irradia Noticias

• El trámite podrá realizarse ante la Dirección General del Registro Civil mediante el levantamiento de una nueva acta de nacimiento

La Secretaría de Gobierno, que encabeza Pablo Ojeda, publicó este día en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos, con el propósito de facilitar el cambio de identidad de género, para ajustarla a la realidad social de cada persona en la entidad.

Lo anterior, derivado de las reformas y adiciones al Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos respecto del cambio de identidad de género, publicadas en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5986 de fecha 14 de septiembre de 2021.

Con acciones cómo estás, el Gobierno de Cuauhtémoc Blanco Bravo refrenda su respeto cabal e irrestricto a los derechos humanos, garantizando el derecho que cada persona tiene para definir de forma autónoma su identidad sexual y de género, y a que los datos que figuran en los registros oficiales -como las actas de nacimiento -, y otros documentos de identidad, correspondan a la definición que tienen de sí mismos.

En ese sentido, las personas interesadas podrán acudir ante las instancias y las autoridades correspondientes del Registro Civil del estado de Morelos a solicitar por una sola ocasión el levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reasignación de concordancia sexo-genérica, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, cumpliendo en todo momento el reglamento correspondiente.

En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género.

Se estipula que cuando la solicitud se haya presentado con todos los requisitos por la persona interesada, una vez valoradas las pruebas por parte de la Dirección General del Registro Civil de la Secretaría de Gobierno del Estado, se emitirá la correspondiente resolución y de ser procedente se notificará a las autoridades que indica el Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, realizándose el levantamiento y entrega de la nueva acta.

La Dirección General dará trámite a las solicitudes de levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reasignación de concordancia sexo- genérica, presentadas por las personas interesadas, que deberán acreditar ser de nacionalidad mexicana y declarar que se auto perciben con un género diferente al que se asentó en su registro de nacimiento primigenio.

Con las reformas al Código Familiar y particularmente ahora al Reglamento del Registro Civil se abona a combatir la discriminación, pues con dichas modificaciones se reconoce la dimensión constitutiva de la autonomía de cada persona, lo que facilita y amplía sus oportunidades de desarrollo en diferentes ámbitos, incluido el laboral.

Al contar con documentos de identidad acordes con su identidad sexual y de género, se disminuyen las posibilidades de rechazo, se contribuye al acceso a una vida digna y se garantiza el ejercicio de otros derechos fundamentales.

El Ejecutivo estatal cumple con la obligación de reconocer, regular y establecer los procedimientos adecuados para tales fines.

Para sacar adelante estas adecuaciones se contó con la participación de servidores públicos adscritos a la Secretaría de Gobierno, pero también resultó fundamental el aporte brindado por representantes de la sociedad civil organizada, que colaboraron brindando su tiempo, conocimientos y experiencia para sacar adelante un proceso ágil y sencillo.

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