MINISTRA BATRES VIOLÓ NORMA DE PROCEDIMIENTO

Por Teodoro Rentería

La ministra Lenia Batres Guadarrama violó una norma de procedimiento al prejuzgar oficiosamente sobre la legitimación procesal del magistrado Juan Gabriel Vargas Téllez, argumento que utilizó para desechar la controversia constitucional 145/2025. El desechamiento ya fue controvertido.

En entrevista el magistrado presidente Vargas Téllez indicó que el análisis, si se hubiera cuestionado su personalidad (por Luis Jorge Gamboa Olea), se debe realzizar durante el juicio y no antes.

El desechamiento de esta controversia no ha adquirido firmeza ni verdad legal; el magistrado Vargas Téllez informó que ya fue controvertido a través del recurso de reclamación. La SCJN puede confirmar el desechamiento o revertirlo para que se admita la demanda y se le reconozca su personalidad.

Ley Reglamentaria de las Fracciones I y Ii del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título II, “De las Controversias Constitucionales”, en el artículo 11, establece:

(REFORMADO, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2025)

ARTICULO 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de las personas funcionarias que, en términos de las normas que les rigen, estén facultadas para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.

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