Los animales no deben considerarse como un objeto decorativo, sino cómo un ser vivo al que debemos respetar y cuidar. Pero ¿Cómo protegen nuestras leyes a las mascotas y a los animales?
Por supuesto que existen regulaciones que se han implementado para proteger a los animales como: la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General de Vida Silvestre, y diversas Normas Oficiales Mexicanas (como la NOM-059-SEMARNAT-2010, que contempla la protección de animales silvestres), Códigos Penales y Códigos Civiles locales, así como Leyes de Protección Animal en todas las entidades federativas.
Sin embargo, muchas de estas leyes parecieran palabras vacías, lo vivimos día a día, porque no obstante que se instituyen instancias especializadas a las que se les otorga la capacidad para defender a los animales, más allá de lo que parece, existe una omisión de la propia sociedad al ignorar los derechos de los animales y en consecuencia también de las autoridades competentes.
Todo parece indicar que es un tema cultural, es decir, que si se hiciera una comparación con otras naciones como Suiza en donde si se llega a comprobar un maltrato cruel hacia los animales puede darse el caso de tener un abogado que el propio Gobierno les asigna. Además, por citar otro ejemplo, es importante mencionar que el Reino Unido fue el primer país en tipificar el maltrato animal como delito, de este precedente las peleas de perros están prohibidas y los derechos de los caballos y del ganado son reconocidos en esa nación. Otros modelos más que nos pueden servir como muestra, son los de Alemania que se castiga el maltrato animal hasta con tres años de prisión y Francia sanciona con cárcel o multa a quien cometa esta práctica; Italia lo castiga de la misma manera, señalando además a quienes obligan a trabajar forzadamente a estas criaturas sin necesidad.
En general, las normas creadas para tal fin están diseñadas para proteger a los animales, garantizando su bienestar, brindarles atención, darles buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas.
Varias asociaciones y colectivos que tienen fines en común para la protección de los animales, coadyuvaron para que, en el Estado de Morelos, se modificara el artículo 327 del Código Penal, completando que además de los maltratos anteriormente ya señalados, se debe sancionar a quien grabe los hechos y este coludido además con el maltrato en cualquiera de sus modalidades. Por último, es necesario mencionar que las acciones para la protección a los animales, no deben ser gallardete de una bandera política con intereses personales o de grupo, sino fomentar el respeto hacia todo animal con el que se conviva.