Hoy entra en vigor la designación de diferentes organizaciones delictivas, seis mexicanas, una venezolana y otra salvadoreña, como grupos terroristas, por parte del gobierno de los Estados Unidos. Eso, en lo general, significa un cambio drástico en las potenciales medidas a disposición de las autoridades norteamericanas, todas ellas ejecutables en un marco de completa discrecionalidad.
Muchas dudas, en una complicada polémica, se han generado en la opinión pública debido a la falta de conocimiento preciso sobre el procedimiento y las implicaciones de tal denominación. La declaratoria, hoy ya publicada, y sus alcances, son motivo de controversia en nuestro país, aun entre quienes son considerados como especialistas en estos temas.
Trataré de explicar los aspectos fundamentales de estas designaciones, con base en la información oficial, contenida en la página Web del Departamento de Estado, de los Estados Unidos. Son dos las fuentes de autoridad en las que se fundamentan las designaciones como terroristas de grupos y personas: Una es la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act). La otra, la Orden Ejecutiva (Executive Order, E.O.) 13224.
Por la primera, se pueden clasificar a diferentes grupos como Organizaciones Terroristas Extranjeras (Foreign Terrorist Organizations, FTO). En la segunda, como Terroristas Globales Especialmente Designados (Specially Designated Global Terrorists, SDGT). Esta última, es la que aplica en el caso mexicano.
Son varias las diferencias entre una y otra, pero, lo sustancial, es que la segunda, la que aplica para México, comprende una muy amplia gama de medidas y acciones que puedentomar las autoridades como la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office ofForeign Assets Control, OFAC) del Departamento del Tesoro, sobre todos los bienes y participaciones en bienes de personas o entidades designadas, fondos o servicios, transacciones de cualquier índole efectuadas en territorio norteamericano, así como la imposición de sanciones civiles o penales, autorizando incluso operaciones de investigación y militares, en forma unilateral, si así se aprueba por los comités correspondientes del Senado norteamericano.
Para tomar estas medidas, basta, según la orden ejecutiva firmada por Donald Trump, considerar que existe riesgo para la seguridad de los ciudadanos estadounidenses o la seguridad nacional, la política exterior o la economía de los Estados Unidos, según lo determinen los departamentos de Estado y del Tesoro. Y pueden alcanzar a personas físicas y morales que ayuden, patrocinen o brinden asistencia financiera, material o tecnológica, e incluso servicios financieros o de cualquier tipo, en favor de actos de terrorismo, personas o entidades designadas.
No sabemos cuándo, ni cuáles medidas se vayan a tomar, y tampoco contra quiénes. No obstante, podría ser contra cualquiera y cualquier medida o conjunto de medidas, de las aprobadas, a partir del mismo día de hoy.
Todas y todos los escépticos pueden irse preparando para recibir las noticias al respecto. No podemos anticipar cuáles serán, pero tenga por seguro que las habrá y puede que muy pronto.
Y PARA INICIADOS:
La rumorología está desatada en torno a quién sustituiría a Alicia Vázquez Luna, al frente de la SEPRAC. Supuestos radiopasillos y filtraciones sobre si ya se tiene el nombre, si es civil o militar, ya fueron atajados ayer por el presidente municipal de Cuernavaca. José Luis Urióstegui Salgado declaró que la terna no está integrada todavía. Se están recibiendo propuestas y analizando perfiles. Por lo tanto, desde esta PERSPECTIVA, llamamos a todos los chismositos a conservar la calma. No coman ansias. Es cuestión de unos días más.
La información es PODER!!!