El amor incondicional de una mascota puede ser más que una buena compañía, por esta razón la mayoría de las personas las consideran no solo como animales, sino como miembros de la propia familia; y es que más allá de brindar diversión y acompañamiento, su presencia otorga a los humanos diversos beneficios, tan es así que ayudan a disminuir el estrés, mejoran la salud del corazón e incluso, ayudan a los niños con sus habilidades emocionales y sociales.
Sin embargo, pese a la condición familiar que varias mascotas llegan a adquirir, existen casos en los cuales los animales domésticos han sido sujetos de embargo derivado de un proceso legal. Y esto se debe precisamente a que en algunos códigos civiles de las entidades federativas del país, como es el del Estado de Morelos, se les concede el estatus jurídico de “cosas muebles”, las cuales son aquellas que pueden transportarse de un lugar a otro, incluso moviéndose por ellos mismos. Sin duda, esta situación generó polémica por décadas, pues existían doctrinarios que afirmaban que las mascotas no pueden ser catalogadas como bienes muebles.
No obstante, en contra de este tipo de embargos, un particular afectado interpuso un juicio de amparo, el cual tocó conocer al Juez Quinto de Distrito en el Estado de México, quien dentro del expediente 238/2023 determinó que las mascotas son seres sintientes y miembros del núcleo familiar, con cariño y respeto propio, por lo que, cuando son sujetos de embargo, se violenta en contra del propietario el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad y protección a la familia. Lo anterior, sin duda marcó un precedente histórico ya que, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó también la existencia de familias diversas, entre las que se encuentran las compuestas, las monoparentales y las ahora llamadas multiespecie o interespecie.
Pues este tipo de familia se caracteriza por estar conformada por personas y sus animales domésticos, quienes por interpretación judicial han dejado de ser señaladas como objetos y en su lugar han obtenido el carácter de sujetos de protección por parte de las personas. Al grado que, dentro del Código Penal se ha tipificado como delito todas las conductas que desarrollen un tipo de maltrato hacia los animales domésticos.
Con base en lo anterior, resulta contrario a la norma constitucional el separar a una mascota de sus dueños, únicamente por deudas de carácter civil, lo cual puede ser considerado como logro jurídico mexicano, pues recordemos que una sociedad se puede juzgar también de acuerdo con la forma en que trata a sus animales.