La salud es sin duda, el bien más preciado del ser humano y puede definirse como un estado de equilibrio producido por un bienestar físico y mental, mismo que se tiene por el adecuado funcionamiento del organismo en relación con el entorno en el que se vive. Pero para lograr este bienestar, resulta primordial contar con hábitos de vida saludable.
Por ello, al ser la salud un bien invaluable, el mismo tiene que ser protegido de forma personal y por las propias autoridades. En esa tesitura la Constitución Federal de México consagra este derecho en su artículo 4º, el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y en este caso, la Ley lo define como un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud y lograr de esta manera la atención integral de las personas y además ser gratuita para aquellas que no cuenten con seguridad social.
Sin embargo, aún y cuando este derecho sea considerado como fundamental, lo cierto es que el mismo no se garantiza totalmente. Un claro ejemplo es la reducción presupuestal para atención de enfermedades de alto costo como el cáncer, ya que de acuerdo a la revista “Expansión”, en 2015 se destinaron dos mil doscientos setenta y cinco millones de pesos a la atención de cáncer de mama, mientras que en 2020 solo fueron mil ciento cinco millones de pesos. Lo que quiere decir que hubo una reducción del 51.4% del presupuesto, lo cual de manera evidente vulnera el derecho al acceso a la salud de las personas.
Se vive actualmente en una precariedad tangible, al ser insuficientes los hospitales y especialistas de salud encargadas de atender a la población. En igualdad de circunstancias ha sido sumamente controvertida la notoria escasez de medicamentos y material indispensable para la atención médica, a pesar de ser obligación del Estado Mexicano la creación de políticas públicas que garanticen este derecho elemental.
Pero bien, el derecho a la salud no solo consiste en brindar servicios médicos, sino también de crear campañas que ayuden a la prevención de enfermedades, ejemplo de ello son las pláticas acerca de los hábitos alimenticios, la importancia de ejercer algún deporte, asesoría sobre planificación familiar, implementación de talleres deportivos, campañas de fumigación contra el mosco del dengue entre otros. Lo anterior no puede ignorarse, ya que el presente año, particularmente el Estado fue omiso en aplicar las sustancias que mitigan la plaga de zancudos y la consecuencia directa de la omisión, ha sido el exceso de casos de dengue existentes, mismos que tienen saturados los pocos hospitales y lamentables decesos humanos ocurridos.
Por último, el acceso a los servicios de salud ha avanzado gradualmente, pero el Estado no puede retroceder, ni ser omiso en aplicar los mecanismos existentes que tutelan el acceso a este Derecho Universal; pues no olvidemos que, al ser un derecho fundamental, su restricción, omisión o negación pueden generar consecuencias jurídicas.