DIVISIÓN DE PODERES O PODERES DIVIDIDOS

Por Teodoro Rentería

Lo acontecido en Nuevo León y en Morelos debe invitarnos a la reflexión; lejos de respetarse el orden constitucional que especifica la función del Ejecutivo, Legislativo y Judicial en los tres órdenes de gobierno, estamos en medio de la confrontación, la división y la imposición de una fuerza sobre la otra.

En el caso de Nuevo León un solo sujeto pretende manipular, imponer y someter al estado sin importar lo mandatado por la carta magna; en el caso de Morelos, el “estado” ha violentado la Constitución para deshacerse de un individuo.

Nada de esto se viviría en México si desde el más alto cargo se propiciara la concordia y se impulsara la paz social; sin embargo, y debe señalarse con toda claridad, el discurso de odio desde la primera magistratura propicia una instigación a la discriminación, a la hostilidad y a la violencia.

Lo hemos dicho muchas veces: lo que marca la línea discursiva de la cabeza encontrará eco en subalternos, interpretaciones en mandos medios así como acciones equivocadas y hasta ilícitas en las bases. 

Por otra parte, el discurso ideológico igualmente propicia división; genera la “obligación” a definirse por uno de los pensamientos y por ende al rechazo de la parte contraria. Sin embargo esconde su real objetivo dominante en el planteamiento del beneficio colectivo.

Un estudio profundo de Naciones Unidas establece que “la historia del mundo ha demostrado muchas veces que la retórica del odio amenaza los valores democráticos, la tolerancia y la estabilidad social, pudiendo llevar a tragedias humanas, incluido el genocidio”. (Unidas, 2023)

Nos ha tocado vivir de cerca el tema de Morelos y en las horas recientes los sucesos en Nuevo León. En la tierra zapatista, de acuerdo con el fallo de 12 jueces integrantes de 4 tribunales de Circuito federales, se pisoteó la inmunidad procesal que independientemente la responsabilidad que pueda o no tener en los diversos delitos que se le señalan, goza el Fiscal General de Justicia de la entidad.

En Nuevo León se ha recurrido a instancias que no pueden, por carecer de facultad aunque son espacios judiciales, sobre el proceso de designación de un Gobernador. Fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través del Ministro Instructor, la que otorgó una suspensión para generar certeza en la administración estatal, al reconocer el nombramiento como Gobernador Interino realizado por el Congreso, en la figura de Luis Enrique Orozco; sin embargo, mediante un “decretazo” en lugar de cumplir el proceso obligatorio ante el órgano legislativo, el gobernador con licencia, Samuel García Sepúlveda, dice haber retomado las funciones de gobernador constitucional. Hoy esa demarcación tiene “dos mandatarios”.

Resta menos de un año para la sucesión presidencial; desafortunadamente el proceso de campañas electorales recrudecerá el discurso de odio e ideológico. No será desde la Presidencia de la República en donde eso se modere, tampoco lo harán los aspirantes a cargos de elección popular; corresponderá a quienes resulten vencedores, independientemente de sus filiaciones partidistas y conceptos de gobierno, quienes deberán evaluar profundamente si México y su sociedad resistirán seis años más de propiciar que sus poderes estén divididos o retomamos el cauce constitucional de la división de poderes, entendido como el “dogma en los Estados Modernos… que propicia la separación de las funciones del gobierno del Estado, fijando claramente las respectivas esferas de competencia y evitando las interferencias de la actividad de un órgano en el campo correspondiente a los demás”. (Ledesmao, 2013)

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