De acuerdo a la definición otorgada por la Secretaría de Educación Pública de México, el Servidor Público es la persona que desempeña un empleo, cargo o comisión subordinada al Estado y que está obligado a sujetar su conducta a los principios de legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia.
El principio de legalidad, hace referencia a que las personas que sirven al Estado se encuentran limitadas en hacer únicamente aquello que las normas les confieren. Es decir, deben justificar su actuación en las facultades que las disposiciones jurídicas les atribuyan. Pero ¿En qué casos un servidor público comete un delito contra el Estado?
De acuerdo a la ley sustantiva penal vigente de Morelos, este tipo de ilícitos se encuentra tipificado en el título vigésimo, el cual lleva por nombre “Delitos contra las funciones del estado y el servicio público”. Entre citadas figuras, se encuentran el incumplimiento de las funciones públicas y el ejercicio ilícito del servicio público, el cual tiene distintas modalidades de comisión, como es, el ejercer funciones sin haber tomado posesión del cargo o después de que haya concluido; se autorice el cobro de sueldos a personas que no ejerzan las funciones del empleo o que teniendo conocimiento de que se pueda afectar el patrimonio del estado, no lo informe, ni lo evite si está dentro de sus facultades.
También se considera delito, al abuso de autoridad, a la intimidación, el tráfico de influencias y el enriquecimiento ilícito. De la misma manera, el delito de concusión, el cual atiende al servidor que exija dinero o valores a título de impuesto o contribución, cuando no sea debido, o en mayor cantidad que la señalada por la Ley; el delito de cohecho, el cual condena al servidor que acepte dinero o alguna dádiva para cumplir o dejar de cumplir con sus funciones y el delito de peculado, el cual castiga a quien distraiga de su objeto dinero o cualquier cosa perteneciente a los poderes del Estado.
Es de conocimiento general que, diversos servidores públicos cometen acciones prohibidas por la ley y que en muchos casos estas quedan impunes. Por ello, es necesario adoptar la cultura de la denuncia. Pues solo de esta forma se puede evitar que se visualice a los espacios públicos como una vía fácil de obtener beneficios personales de forma ilegal.
De lo anterior, al ser parte de la condena la pena que el código establece y además de ello la destitución e inhabilitación del cargo, es obligatorio que los servidores, conozcan sus atribuciones y los límites que el cargo les confiere, pues recordemos que no existe excepción para que sean sujetos a un proceso penal y además de ello aplica en su perjuicio el principio del derecho que afirma que la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley.