CRIMINALES, CUENTO DE NUNCA ACABAR… URRUTIA, MALDONADO Y JUAN EMILIO (SEGUNDA PARTE Y ÚLTIMA)

Por Irradia Noticias

¡“No hagas daño a un periodista, porque lo pagarás toda la vida”!

Por eso del “aun hay más” con que cerré el día de ayer la primera parte de estas dos entregas, dejo aquí consistente la razón de ese dicharacho popular… En efecto, Miguel Ángel Urrutia con todo su presunto o real poder reclamó el hecho de que haya jueces que con toda facilidad dejan libres a los criminales, quedando como consecuencia la evidencia de que en el Tribunal Superior de Justicia las cosas no se manejan como debieran en el marco del Derecho, la Ley y la Justicia… Pero resulta que apareció la voz del Presidente del Tribunal Juan Emilio Elizalde Figueroa quien dejó en claro que si las consignaciones a cargo de la Fiscalía General de Justicia a cargo de Edgar Maldonado Ceballos por conducto de sus Ministerios Públicos no llevan la sustancia legal y las pruebas necesarias, ello da oportunidad a los abogados defensores de los presuntos culpables para encontrar esos recovecos que se ocultan en los espacios del Derecho para maniobrar en beneficio de sus representados, luego de que los jueces por falta de elementos de pruebas, consignaciones blanditas o insubstanciales no les permiten sostener la condición de presos y procesados a quienes son sujetos de la necesaria aplicación de la justicia… También el Magistrado Figueroa dejó en claro que la Fiscalía tiene a su alcance el Derecho de Impugnación contra la decisión de los jueces trátese de quien se trate para defender fundamentado en Derecho las razones sustanciales que deben ser consideradas para mantener en condición de procesado a ellas o ellos los enjuiciados… Recordó el citado Presidente de ese Tribunal que es el Poder Judicial en Morelos, que en ningún caso de los 50 liberados que refirió el Secretario Urrutia han sido motivo de impugnación o controversia… Luego de lo anterior, se sobreentiende o deja entrever, que quien debe impugnar es la Fiscalía y previo a ello para evitar tal recurso debe capacitar, preparar, orientar y recomendar a sus Ministerios Públicos que ante cualesquiera posible consignación revisen las substancia legal y pruebas que vayan a presentar ante los tribunales que sigan la causa de los enjuiciados… Si esta terminología de mi parte no se ajusta a los cánones de la Legalidad, el Derecho y la Justicia, espero que sean los doctos en estos temas, benévolos con mi falta de saber y que las interpreten, corrijan y si es posible las promuevan para que donde se encuentren los posibles errores o fallas sean enmendados con la prontitud por la emergencia necesaria como consecuencia de los terrenos de la criminalidad creciente e inseguridad que vivimos tanto en nuestro Estado como en el País… No basta con hacer declaraciones que enciendan los focos de los reflectores de los medios de comunicación para enfocarlos contra quienes se quiera indiciar como incumplidos servidores públicos de la justicia en los espacios del gobierno, con ánimo de culparlos como lo es en este caso el de los jueces que han otorgado libertad a cuantos han estado en sus manos en calidad de procesados para liberarlos por falta de elementos y pruebas de culpabilidad… Y que conste, bien sabido es que en todo este corredor de los espacios de la Ley, el Derecho y la Justicia, los ordenamientos superiores, el tráfico de influencias, las dádivas económicas y las amenazas de los grupos de la criminalidad, transitan cotidianamente para presionar a los impartidores de justicia, recordando que entre ellos los Ministerios Públicos, la Fiscalía, los policías y hasta algunos Magistrados del Tribunal pueda haber quienes se presten para actos de corrupción que esperamos sean los menos y si es posible, no los haya si es que alguno de los jefes superiores de los espacios que he citado, están dispuestos a meter las manos al fuego por sus subalternos… ¡Ahí lo dejamos! ¡Hasta mañana que será un día más!   

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