COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS ATIENDE PROTESTA DE PADRES DE FAMILIA DE LA ESCUELA DE INICIACIÓN ARTÍSTICA “LA VECINDAD”

Por Irradia Noticias

En un comunicado la CDHM informa:

  1. Que la situación que origina esta protesta se relaciona con la negativa de la dirección de la escuela para reinscribir a algunos estudiantes al nuevo ciclo escolar, así como a una oposición por parte de diversos padres de familia sobre la implementación de un nuevo plan de estudios vinculado con el Instituto Nacional de Bellas Artes; circunstancias por las cuales requirieron a este Organismo la separación definitiva de su cargo de la directora de dicha institución.
  2. Ante tal panorama y considerando la protesta que se desarrolla en las instalaciones de la oficina sede, es menester destacar que este Organismo es completamente respetuoso del derecho a la libre manifestación, así como a la libre expresión, pues la defensa de estas y otro tipo de libertades constituye precisamente la esencia y razón de ser de esta institución, por lo cual en ningún momento se opondrá al ejercicio de este derecho, siempre que se efectúe sin transgredir la integridad o el bienestar de terceros.
  3. En tal sentido, es importante señalar que esta Comisión de Derechos Humanos, previo al inicio formal de la queja, ha brindado distintos acompañamientos a los quejosos, con el objeto de salvaguardar los derechos de las niñas, niños y adolescentes que cursaban sus estudios en dicho centro educativo, destacando la visita a la Escuela de Iniciación Artística el pasado 4 de octubre; la reunión en el Congreso del Estado, el 5 de octubre de 2021; así como las diversas juntas con personal de la Secretaría de Turismo y Cultura, los días 13 de octubre y 4 de noviembre de 2021.
  4. Posterior a dichas diligencias, se radicó la queja CDHM/SE/DQO/039/146/2021-3, a través de la cual se solicitaron medidas precautorias inmediatas para garantizar el derecho a la educación de los estudiantes, a quienes no se les había permitido inscribirse en el ciclo escolar correspondiente, requiriendo además a la autoridad que promoviera y brindara un ambiente idóneo para salvaguardar el libre y normal desarrollo del alumnado; medidas que fueron aceptadas por la autoridad señalada como responsable.
  5. Aunado a lo anterior, el pasado 4 de noviembre de 2021, se llevó a cabo una audiencia de conciliación a efecto de que la autoridad conociera los reclamos, peticiones y solicitudes de la parte quejosa de manera directa, teniendo la posibilidad de resolver el asunto a través de un convenio que garantizara la salvaguarda de los derechos de las y los estudiantes; sin embargo, no se llegó a un acuerdo que pudiera dar solución a la problemática.
  6. Por su parte, las personas quejosas solicitaron nuevamente a este Organismo la separación del cargo y puesta a disposición de la directora de la Escuela de Iniciación Artística “La Vecindad”, no obstante, a través de oficio se notificó a la promovente que esta institución no cuenta con facultades entorno a la designación, permanencia, destitución o puesta a disposición de la directora, señalando en el mismo acuerdo a las autoridades que podrían pronunciarse sobre el particular.
  7. A pesar de lo anterior, en ejercicio de las facultades con las que sí cuenta este Organismo Protector de Derechos Humanos, el 8 de noviembre de 2021, con fundamento en el artículo 12 de la Convención de los Derechos del Niño, se dictó una ampliación de medidas precautorias tendientes a garantizar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser escuchados sobre su conformidad o desacuerdo con el plan de estudios, para que, en coordinación con sus padres o tutores, puedan tomar una decisión sobre la formación artística que desean recibir, solicitando además que la autoridad considerara el sentir del alumnado para implementar acciones tendientes a asegurar que cada estudiante permanezca en el plan de estudios que mejor le convenga, manteniendo en todo caso ambos planes.
  8. De conformidad con lo precedente, es importante destacar que el expediente actualmente se encuentra en integración y es necesario desahogar distintas etapas y diligencias para lograr acreditar, en su caso, violaciones a derechos humanos y con ello estar en posibilidad de emitir la resolución respectiva.
  9. Finalmente es necesario subrayar que esta Comisión de Derechos Humanos, más allá de las prerrogativas y solicitudes realizadas por las partes en este proceso, promoverá y exigirá el respeto irrestricto al interés superior de la niñez, así como al derecho de las y los alumnos a ser escuchados en todas las decisiones que les afecten, tal como lo esboza el derecho internacional de los derechos humanos.

ATENTAMENTE

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS.

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