Durante mi gestión como consejera presidenta del Impepac tuve un manejo adecuado de los recursos públicos y un 100 por ciento de cumplimiento en materia de transparencia del 2014 a la fecha, por lo que rechazo cualquier acción denostativa al trabajo desempeñado durante mi encargo, afirmó en un comunicado Ana Isabel León Trueba.
En el documento, la expresidenta del órgano electoral de Morelos señala que “en relación a la solicitud de amparo presentada ante la autoridad jurisdiccional, la cual quedó asentada en el expediente 1221/2020 aclaro lo siguiente:
“El 26 de noviembre del 2020 presenté un escrito de demanda de amparo y protección a la justicia federal en contra del desechamiento del recurso de reconsideración que interpuse ante la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF).
“La ESAF llevó a cabo, de acuerdo a sus atribuciones, la auditoría de la cuenta pública 2016 del Impepac y en su pliego de observaciones hubo solamente tres observaciones, de las cuales dos se resolvieron en el Comité de Solventación y la única que quedó pendiente, de carácter administrativo, se solventaría presentando los recibos de pago de las personas contratadas por Servicios Profesionales firmados, toda vez que se habían entregado los recibos que se envían a los trabajadores de forma electrónica, concordante con la regla 2.7.5.2. de la resolución miscelánea 2016 publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de diciembre de 2015, sin embargo, no se tuvo objeción de entregarlos firmados. El único procedimiento para entregar dichos recibos firmados era mediante un recurso de reconsideración ante esa autoridad fiscalizadora”.
El Impepac -añade León Trueba- a través de la presidencia del Consejo Estatal Electoral, cumpliendo con los plazos establecidos, presentó dicho recurso de reconsideración, sin embargo este fue desechado por la ESAF con el argumento de que se entregó de forma extemporánea, siendo que el Impepac lo entregó en el periodo de tiempo señalado en la notificación entregada el día 16 de marzo del 2020 en las oficinas de la presidencia del Impepac, en la que se señala que se tenían 30 días para la presentación del recurso de revisión.
“En su escrito de desechamiento el jurídico de la ESAF señala que teníamos únicamente 15 días contraviniendo lo que ellos mismos establecieron en la notificación, esa es la única razón por la que se presenta el amparo, para que se solvente la única observación que en el ejercicio 2016 tiene el Impepac”, argumenta la ex presidenta del Impepac.