Con el propósito de continuar aminorando el impacto en la administración de justicia que ha generado la pandemia originada por el virus COVID-19, los integrantes del Pleno aprobaron por unanimidad de votos, habilitar los días y horas que resulten necesarios para que las Salas del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, tramiten y resuelvan los asuntos de su competencia del sistema acusatorio adversarial, quedando a cargo de cada Sala coordinar a su personal y la logística para el desahogo de las audiencias.
Lo anterior es legalmente viable atendiendo a lo que establece el artículo 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en relación con los numerales 44, 47 y 48 del mismo ordenamiento que permite la utilización de los medios electrónicos para las actuaciones judiciales y actos procesales; y dado que el pasado 21 de octubre de dos mil veinte, los integrantes de este cuerpo colegiado aprobaron el ACUERDO 019/2020, el cual pone a disposición de los órganos jurisdiccionales de segunda instancia el uso de la videoconferencia como método alternativo para el desahogo de audiencias de apelación del sistema acusatorio adversarial.
Por lo anterior, se aprobó adicionar un artículo al acuerdo 023/2020 aprobado por los integrantes del Pleno el pasado veintitrés de diciembre de dos mil veinte, por el que se decreta la suspensión de labores en el Poder Judicial del Estado de Morelos, para reanudar labores hasta el cambio de color del semáforo de riesgo sanitario.
Esta determinación por parte de todos los magistrados que integran el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, es una muestra clara de su compromiso a favor de los justiciables, pero sobretodo, de continuar contribuyendo para consolidar la justicia en Morelos como una actividad esencial en tiempos de pandemia.