El Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) aprobó en la sesión extraordinaria realizada la tarde de este miércoles el inicio del periodo de prevención de 12 partidos políticos en virtud de que no obtuvieron por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección local ordinaria celebrada el pasado seis de junio.
Lo anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 42 de los Lineamientos Aplicables al Procedimiento de Liquidación de los Partidos Políticos que no Obtuvieron el Porcentaje Mínimo Establecido de Votación Valida para Conservar su Registro o Acreditación ante el Impepac.
Los partidos que no obtuvieron al menos el 3% de la votación valida emitida en la Elección Local Ordinaria del pasado 6 de junio son:
- Social Demócrata de Morelos
- Humanista de Morelos
- Podemos por la Democracia en Morelos
- Bienestar Ciudadano
- Futuro, Fuerza, Trabajo y Unidad por el Rescate Oportuno de Morelos
- Fuerza Morelos
- Partido Apoyo Social
- Renovación Política Morelense
- Armonía por Morelos
Así como también de los Partidos Políticos Nacionales
- Partido de la Revolución Democrática
- Partido Verde Ecologista de México
- Encuentro Solidario
También se aprobó la designación del interventor para la prevención de los partidos políticos según lo establecido en los lineamientos y leyes correspondientes y se apercibe a los partidos políticos de que en caso de que sea omiso en las obligaciones fiscales y obrero patronales que aún sean vigentes para los mismos se aplicarán los procedimientos sancionadores correspondientes de acuerdo a la legislación aplicable en la materia.
Una vez aprobados los acuerdos se ponen del conocimiento a la Unidad Técnica de Fiscalización, a la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales.
Asimismo se aprobó la lista de profesionistas que fungirán como posibles interventores en la etapa de prevención o liquidación de bienes de los partidos políticos locales que no obtuvieron el porcentaje mínimo establecido de votación válida para conservar su registro ante el Impepac en las pasadas elecciones de diputados locales e integrantes de los ayuntamientos del Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021, mismo que es del 3 por ciento de la votación efectiva emitida.