A PARTIR DEL PRIMER MINUTO DEL DOMINGO 15 DE SEPTIEMBRE INICIA LA DISPOSICIÓN DE LEY SECA PARA CELEBRAR EN SANA CONVIVENCIA LAS FIESTAS PATRIAS

Por Irradia Noticias

La resolución de carácter general determina la prohibición de venta y expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos mercantiles o lugares con actividades análogas ubicados en la jurisdicción del municipio

• Están exentos restaurantes, antojerías, fondas, loncherías, taquerías, torterías y marisquerías

El Ayuntamiento de Cuernavaca informa que en el marco de las Fiestas Patrias en el municipio estará prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes a partir de las 00:00 horas del 15 de septiembre hasta las 23:59 horas del 16 de septiembre del 2024 con el objetivo de garantizar la sana convivencia en estos festejos.

En la Resolución de Carácter General RCG/002/2024 que firman el presidente municipal de Cuernavaca, José Luis Urióstegui Salgado y el secretario del Ayuntamiento, Carlos de la Rosa Segura, se acuerda de forma general la suspensión de actividades para vender o dar gratuitamente bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones y presentaciones en los establecimientos mercantiles o lugares con actividades análogas ubicados en la jurisdicción del municipio, los cuales tengan operaciones relacionadas con la venta de alcohol.

Además, está prohibida la venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones y presentaciones en la vía pública, ferias, romerías, tianguis, kermeses, mercados, festejos populares o aquellos lugares con actividades análogas, en caso contrario serán sancionados conforme a la normatividad aplicable.

Se exceptúan del presente acuerdo los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas en su modalidad de restaurantes, antojerías, fondas, loncherías, taquerías, torterías y marisquerías con servicio de comedor y de meseros con venta de bebidas alcohólicas, bar o restaurante con servicio de comedor y de meseros con venta de bebidas alcohólicas, incluyendo cerveza, que operen como parte de las instalaciones de establecimientos de hospedaje, bar o cantina con servicio de alimentos, discoteca y giros previstos en el artículo 25 de la Ley de Ingresos del municipio de Cuernavaca para el ejercicio fiscal 2024.

Las Secretarías del Ayuntamiento, de Protección y Auxilio Ciudadano, de Desarrollo Económico y Turismo, así como la Dirección de Verificación Normativa, realizarán las acciones correspondientes para el debido cumplimiento de la resolución y de las demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan la prevención y combate al abuso de bebidas alcohólicas y de regulación para su venta y consumo en el estado de Morelos.

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