Familias de acogida. ¿Qué y cuáles son sus beneficios?
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, la familia es “el conjunto de personas que conviven bajo el mismo techo, organizadas en roles fijos, con vínculos consanguíneos o no, que tienen un modo de existencia económico y social en común, y con sentimientos afectivos que los unen”. En la actualidad se han reconocido múltiples formas de consolidar una familia, como son las familias biparentales con o sin hijos, familias homoparentales, reconstituidas, monoparentales, adoptivas, extensas y las llamadas familias de acogida. ¿Pero, este formato de familias realmente beneficia el normal desarrollo de los niños?
Las familias de acogida, constan de una pareja o un único adulto que acoge a uno o más menores de edad de forma temporal, con el propósito de ofrecer a los infantes en situación de necesidad, el mejor entorno posible hasta que sean adoptados definitivamente o hasta que su familia biológica pueda ocuparse de ellos. Esta situación no crea ningún tipo de relación filial, parentesco o derechos entre la familia y los beneficiarios, pero sí les proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo.
De acuerdo a los datos expuestos por el fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en México existen mas de 1.6 millones de menores de edad que viven en orfandad, lo que de forma similar sucede en Europa y América Latina. Razón por la que diversos países han creado programas de acogida familiar para el cuidado infantil, entre ellos España, Ecuador, Chile, República Dominicana, Guatemala, Brasil, Venezuela, Paraguay, Perú, Uruguay y El Salvador.
En México, la familia de acogida se encuentra prevista en algunos códigos familiares, como es el caso del Estado de Morelos, específicamente en su artículo 374 bis. De la misma manera, el Gobierno de México reconoce el programa de familias temporales, coordinado por el Sistema Nacional DIF, en el que para su autorización se debe cumplir con la evaluación de requisitos legales, previstos en el artículo 62 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, emitida por el Congreso de la Unión.
Existen posturas en las que se refiere que las familias de acogida pueden afectar a los infantes por ser puestos al cuidado de personas desconocidas, de quien no generan derechos; sin embargo, debe decirse que tal y como lo exige la ley, el Sistema Nacional DIF puede solicitar la información complementaria necesaria para asegurar la integridad de los niños, con lo que se evita cualquier tipo de riesgo.
Lo que nos permite concluir que las familias de acogida verdaderamente ofrecen un ambiente familiar afectivo y estable para los beneficiarios, que indudablemente favorecen su adecuado desarrollo físico, psicológico y emocional, pues no sólo se obtiene un proveedor de recursos materiales, sino también a quien vele por sus necesidades afectivas, educativas y de salud. Siendo ello lo que más necesita un menor de edad para poder desarrollarse de forma plena en la edad adulta, porque recordemos, la peor violencia contra un niño es dejarlo crecer sin cariño y en la orfandad.