La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó recursos interpuestos por los estados de Baja California y Aguascalientes contra un reglamento dictado por el gobierno en 2009 que avala a las menores de 12 a 17 años a interrumpir el embarazo sin autorización de sus padres.
Las menores de 12 a 17 años víctimas de violación pueden abortar en México sin permiso de sus padres ni mandato judicial, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar constitucional una norma que consagra ese derecho.
Pero Zaldívar manifestó que esta normativa es «una respuesta rápida y eficaz» para garantizar los derechos de las mujeres.
«Obligar a las mujeres o niñas a llevar a término el embarazo derivado de una violación implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad, además de ser revictimizante y una forma de violencia de género», insistió.
El magistrado evocó el caso de una menor de Baja California que fue violada en 1999 por dos sujetos cuando tenía 14 años y resultó embarazada.
Pese a que el código penal estatal autorizaba el aborto en su caso y tanto ella como sus padres solicitaron el procedimiento, el gobierno local y la justicia se lo negaron y tuvo que llevar a término el embarazo.
La Suprema Corte ha emitido varios fallos en favor de la libre interrupción del embarazo.
Ocho de los 32 estados del país han despenalizado el aborto, siendo la capital el primero, en 2007, y el más reciente Guerrero (sur), hace una semana.
En septiembre de 2021, el tribunal declaró inconstitucionales las leyes estatales que criminalizan el aborto, lo que de facto lo autoriza en todo el país.
En América Latina la interrupción del embarazo es legal en Uruguay, Cuba, Argentina, Guyana y Colombia, mientras que El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití no lo permiten bajo ninguna circunstancia.