PERMITE COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INE A LA CIUDADANÍA DIFUSIÓN A FAVOR DE AMLO EN LA CONSULTA SOBRE REVOCACIÓN DE MANDATO

Por Irradia Noticias

• Celebra agrupación civil la resolución de los consejeros, quienes declararon improcedente la solicitud de medidas cautelares interpuestas por partido de oposición

Ciudad de México, a 10 de marzo del 2022.- De manera unánime los consejeros integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), resolvieron que es improcedente la denuncia UT/SCG/PE/PRD/CG/35/2022 interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD). Asimismo, rechazaron las medidas cautelares que pretendían obstaculizar las acciones informativas realizadas por la ciudadanía y la asociación civil Que Siga la Democracia, informó la presidenta nacional de esta agrupación, Gabriela Jiménez Godoy.

Luego de celebrar la determinación de los consejeros del organismo electoral, acusó que “tanto la derecha, partidos políticos de oposición y algunos consejeros del organismo electoral, se encargan de atemorizar y generar pánico entre la población y medios de comunicación, haciendo creer que sólo el INE puede promover la consulta, cuando la Ley Federal de Revocación de Mandato en su artículo 35, permite a los ciudadanos realizar esta labor informativa”.

Jiménez Godoy aplaudió que la presidenta de la Comisión, Dra. Adriana Margarita Favela Herrera, así como los integrantes Mtra. Beatriz Claudia Zavala Pérez y el Dr. Ciro Murayama Rendón calificaran de improcedentes los argumentos presentados por el partido de oposición, referentes a la utilización indebida de recursos públicos, promoción personalizada, contratación de tiempos en radio y televisión, realización de actos anticipados de campaña, y la indebida promoción de la revocación de mandato.

En el proyecto de acuerdo de los consejeros del INE se propuso declarar la improcedencia de:

• La adopción de medidas cautelares solicitadas;

• La adopción de medidas cautelares, respecto de la vulneración al artículo 134, párrafo 8, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la adopción de medidas cautelares, respecto de la realización de actos anticipados de campaña;

• La adopción de medidas cautelares, solicitada por la vulneración de las normas relativas a la difusión del proceso de revocación de mandato;

• La adopción de tutela preventiva solicitada por el PRD; y

• La adopción de medidas cautelares, respecto del uso indebido de recursos públicos. Refirió que, durante la sesión, los consejeros consideraron que se carece de pruebas acerca de que existan recursos públicos en la campaña informativa que ciudadanos han desplegado en el país.

Acerca de la labor informativa de los periodistas, y en apego al artículo 35 de la Ley sobre Revocación de Mandato, Jiménez Godoy refirió que “cuando los medios de comunicación en un ejercicio periodístico dan a conocer el posicionamiento de la sociedad, en específico de la asociación Que Siga la Democracia, no incurren en falta alguna, puesto que no se trata de propaganda pagada, sino de una actividad amparada por el artículo 6 constitucional, el cual se refiere a la libertad de expresión y establece que toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

La también activista social expresó que la asociación civil continuará su labor informativa en las 32 entidades federativas que integran la República, a efecto de que las ciudadanas y los ciudadanos conozcan qué es la revocación de mandato y se involucren en este ejercicio histórico de verdadera democracia participativa. Agregó que continuará promoviendo la continuidad de mandato del actual presidente y la transformación de México.

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