La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) solicitó la implementación de medidas precautorias urgentes en los centros de reinserción social del estado de Morelos.
Afirmó que sobrepoblación, hacinamiento y falta de personal de seguridad y custodia, son algunas de las problemáticas sin resolver.
La Comisión, del 2019 al 2021, ha emitido recomendaciones, diagnósticos y pronunciamientos dirigidos al titular del Poder Ejecutivo y a las autoridades encargadas del Sistema de Reinserción Social, exponiendo la grave crisis que se vive al interior de los centros que tienen bajo su responsabilidad, resultando evidente la permanencia de dos situaciones:
1) La falta de atención al problema de sobrepoblación y hacinamiento, ya que de acuerdo a los registros obtenidos en el DERS2020, el Centro de Reinserción Social de Jojutla se encuentra rebasado al 305% de su capacidad, el de Cuautla al 270%, y los de Atlacholoaya Varonil y Femenil al 114% y 140% respectivamente.
2) La falta de personal de seguridad y custodia en proporción a la cantidad de Personas Privadas de la Libertad que se encuentran recluidas en los Centros.
En un comunicado, la CDHM manifestó: Derivado de lo anterior y ante la falta de acciones concretas para atender ambas problemáticas que vulneran los derechos humanos, tanto de las personas privadas de la libertad como del personal que labora al interior de dichos centros, y al actualizarse los siguientes elementos:
a) Una situación de extrema gravedad. Primero, la falta de condiciones de gobernabilidad ha producido distintos incidentes como riñas, muertes, motines y suicidios, entre otros; segundo, las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento repercuten en la propagación y contagio de COVID-19, así como en la insuficiencia de servicios básicos.
b) El riesgo de que se produzcan daños irreparables a las personas. Los incidentes antes mencionados han generado graves afectaciones a la integridad e incluso la pérdida de la vida de personas privadas de la libertad, poniendo en riesgo al personal que labora al interior de dichos centros, quienes en ocasiones han sido incluso rehenes durante los motines suscitados.
c) La necesidad de la adopción urgente de las medidas. Las condiciones antes mencionadas se agravan día a día, frente a los altos índices delictivos que prevalecen en la entidad, los cuales se traducen en el aumento de la sobrepoblación al interior de los centros referidos.
Este Organismo solicitó en síntesis al Gobernador Constitucional del Estado de Morelos y al Comisionado Estatal de Seguridad Pública, la implementación de las siguientes medidas precautorias urgentes:
PRIMERA. Atender de manera urgente el problema de sobrepoblación y hacinamiento que persiste en los referidos centros; para lo cual deberán valorar los mecanismos y beneficios contemplados en la Ley Nacional de Ejecución Penal y/o en sucaso la creación de un nuevo Centro de Reinserción Social en la entidad que permita atender las necesidades de la población.
SEGUNDA. Se implementen a la brevedad acciones equivalentes a las establecidas en el Acuerdo sobre preliberación de personas sentenciadas, en prisión preventiva y que hayan sido víctimas de tortura, en congruencia con las manifestaciones que el Gobernador Constitucional del estado de Morelos ha realizado respaldando los pronunciamientos del Presidente de México en materia de política carcelaria.
TERCERA. Realicen las acciones necesarias y suficientes que permitan dar cumplimiento a lo establecido en el Transitorio Segundo de la Ley de Amnistía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2020, el cual hace referencia a la expedición de leyes estatales de amnistía.
CUARTA. Asignen el número suficiente de elementos de seguridad y custodia que permitan generar condiciones de gobernabilidad al interior de los Centros de Reinserción Social en la entidad, los cuales deberán contar con sus respectivos exámenes de control y confianza, así como estar debidamente capacitados en materia de derechos humanos.
Finalmente, este Organismo autónomo manifiesta su preocupación acerca de la información publicada por el medio “Periodismo Judicial”, en el que se informa sobre las muertes de distintas personas privadas de la libertad en los últimos días y de las cuales no se cuenta con información oficial por parte de las autoridades.
Por lo antes expuesto, esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos a nombre de la sociedad en general y de las personas privadas de la libertad hace votos porque la presente solicitud de medidas precautorias urgentes sea aceptada por el Poder Ejecutivo, en cuya responsabilidad agravada queda la salud, integridad y vida de las personas privadas de la libertad que tiene bajo su custodia. Asimismo reitera su compromiso de realizar las investigaciones pertinentes con relación a los decesos antes mencionados.