FIRMAN CONVENIO DE COLABORACIÓN IMPEPAC E IDEFOMM, PARA REALIZAR CONSULTA INDÍGENA

Por Irradia Noticias

El Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) y el Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos (IDEFOMM) firmaron un Convenio Específico de Apoyo y Colaboración para la Consulta sobre la Idoneidad de las Acciones Afirmativas en Materia Indígena, con el propósito de fortalecer la representación popular en las comunidades originarias de la entidad.

La presidenta del Consejo Estatal Electoral (CEE) del Impepac, Mireya Gally Jordá, explicó que la consulta popular a realizarse en 282 comunidades de la entidad es para definir los lineamientos legales en torno a las formas de organización en los pueblos indígenas sobre la elección de sus futuras autoridades.

En caso de aceptarse la forma aplicada para la integración de los candidatos y candidatas a diputaciones locales y concejos municipales continuarán por el mismo camino y de darse una negativa de cualquier forma es positivo porque habrá posibilidad de dar otro enfoque, dijo la consejera.

Conforme a los resultados también se generarán las condiciones para renovar el Código de Procedimientos y Procesos Electorales para el Estado de Morelos a fin de que permita tener más espacios a las personas originarias de las comunidades indígenas.

A su vez, el presidente de la Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos Indígenas del Impepac, consejero Enrique Pérez Rodríguez, invitó a los presidentes municipales y sus Cabildos a informar a la población de la finalidad de la consulta.

La participación ciudadana, manifestó que tiene su importancia porque actualmente un 40 por ciento de los diputados locales que integran la Quincuagésima Quinta Legislatura local son de origen indígena, situación que provoca generar políticas públicas a favor de sus pueblos.

El Impepac realizará dicha consulta 15 días después de terminar completamente el proceso electoral en curso, que es cuando los órganos jurisdiccionales estatal y federal culminan con la calificación de la jornada comicial del pasado seis de junio.

Con el Convenio Específico de Apoyo y Colaboración para la Consulta sobre la Idoneidad de las Acciones Afirmativas en Materia Indígena, los acuerdos son:

  1. Apoyo para que el personal de los 33 Ayuntamientos del Estado de Morelos; así como, Ayudantes y Delegados Municipales de las comunidades, delegaciones y poblados de cada Municipio, funjan como funcionarios en las mesas receptoras para la Consulta ciudadana.
  1. Apoyo para que previo a la jornada y el día en que tendrá verificativo la misma, los Ayuntamientos de los 33 Municipios, proporcionen un lugar o instalación para el resguardo de la documentación, material y paquetes relacionados con la Consulta ciudadana.
  1. Apoyo para realizar reuniones con las autoridades auxiliares de los 33 Municipios de las Colonias, localidades y poblados para difundir información respecto a la Consulta a las Comunidades Indígenas del Estado, sobre la idoneidad de las Acciones Afirmativas para Candidaturas Indígenas en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
  1. Apoyo para que los 33 Ayuntamientos proporcionen el mobiliario suficiente para la instalación de las mesas receptoras de la Consulta ciudadana.
  1. Coadyuvar con el IMPEPAC para las diversas actividades de difusión de la campaña de información a las ciudadanas y ciudadanos de las comunidades en las que esta se realizará, mismas que de manera enunciativa, más no limitativa pueden ser:
  2. Distribución de folletos, dípticos y trípticos a través de las diferentes oficinas municipales y de las autoridades auxiliares.
  1. Difusión en redes sociales y páginas oficiales de folletos, dípticos y trípticos.
  1. Colocación de carteles y lonas en los lugres de más afluencia ciudadana o en aquellos en los que tradicionalmente se realice la difusión en las diferentes comunidades.
  1. Reuniones informativas con las y los ciudadanos de las colonias y localidades en las que se realizará la consulta, perifoneo y cualquier otra acción que, durante las etapas de preparación de la consulta, jornada de consulta y actos posteriores a la jornada de consulta, resulte necesaria para el adecuado desarrollo de la misma, siempre y cuando esté al alcance de los ayuntamientos.

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