EL TRIBUNAL ELECTORAL FRENÓ LAS BOLETAS ELECTORALES PLANCAHAS

Por Irradia Noticias

Este lunes hablemos de que el Tribunal Electoral frenó las boletas planchadas.

El pasado miércoles 7 de octubre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación corrigió al INE: las boletas que carezcan de las marcas de doblez necesarias para entrar en la urna no pueden incorporarse a la votación. La decisión fue unánime y cerró una puerta que nunca debió quedar abierta.

Para entender la gravedad, hay que regresar al 3 de septiembre. Ese día, el Consejo General del INE aprobó reglas para los cómputos del proceso electoral federal 2026 y 2027. Ante una boleta sin dobleces, el consejo distrital podría decidir si la contabilizaba. Así, una anomalía material quedaba sujeta a una votación administrativa.

No estamos hablando de una arruga decorativa. La ciudadanía recibe una boleta, marca su preferencia, la dobla y la deposita en la urna. Esa secuencia permite relacionar el papel con una persona que ejerció su derecho. Si aparece completamente extendido, sin las huellas necesarias para atravesar la ranura, la autoridad debe explicar su origen antes de permitirle modificar un resultado.

El Tribunal estableció que esas boletas deben excluirse, documentarse y conservarse separadas. La revisión corresponde primero a quienes integran las mesas de casilla y, excepcionalmente, a los consejos distritales durante los recuentos. Tampoco basta una decisión colegiada para convertirlas en sufragios.

PAZ, SOMOS, Movimiento Ciudadano, PRI y PAN impugnaron. Su intervención importa porque defender la certeza electoral exige actuar cuando se debilitan los controles, no esperar a perder una elección para descubrir las irregularidades.

Pero el reconocimiento principal debe acompañarse de una pregunta incómoda: ¿por qué fue necesario que un tribunal obligara al INE a proteger algo tan elemental? La institución encargada de garantizar elecciones auténticas había dejado abierta la posibilidad de contar papeletas cuyo recorrido legal no podía acreditarse.

Este episodio revela el peligro de presentar como flexibilidad lo que reduce garantías. La confianza ciudadana necesita procedimientos verificables, autoridades capaces de sostenerlos y resultados construidos con votos auténticos. El deber de cuidar cada voto también exige impedir que se fabriquen votos inexistentes.

La sentencia no borra las dudas sobre el criterio aprobado por el INE. Las vuelve más visibles. Porque cuando la autoridad permite excepciones frente a una anomalía que compromete la autenticidad del sufragio, la democracia queda expuesta. La certeza no puede depender de cuántas consejerías levanten la mano para admitir una boleta cuestionada.

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