Derivado de las inquietudes expresadas por algunos grupos de transportistas en torno a la recaudación en materia de derechos de control vehicular, la Coordinación General de Movilidad y Transporte del Estado de Morelos hace del conocimiento general los beneficios fiscales y las disposiciones vigentes en la materia, establecidos en la Ley General de Hacienda del Estado.
Se informa que los propietarios de vehículos están exentos del pago de tenencia si realizan el pago oportuno (dentro de los primeros cinco meses del año) del refrendo anual o del registro en el Padrón Vehicular (para alta de vehículos nuevos, compra de autos usados o traslado de automóviles de otras entidades).
En cuanto al alta de vehículos nuevos, se exentará de la aportación si se registran dentro de los primeros 30 días naturales posteriores a la fecha de compra.
Respecto a los permisos para circular sin placas, tarjeta de circulación y engomado, tienen una vigencia de 30 días naturales y son aplicables tanto para automóviles nuevos como usados a partir de la adquisición.
Es oportuno indicar que, además de los beneficios mencionados, las disposiciones también representan una oportunidad significativa para los transportistas de la entidad, ya que, al contar con exenciones fiscales y facilidades para la adquisición y registro de vehículos, se fomenta la renovación de flotas y la mejora de la competitividad en el sector.
La exención de impuestos al dar de alta vehículos nuevos, así como los permisos provisionales para su circulación, permite que los transportistas optimicen sus recursos y minimicen costos adicionales en un contexto económico desafiante.
Estas medidas ofrecen un entorno más favorable para quienes invierten en la modernización de sus unidades, lo que puede traducirse en mejorar la calidad de servicio y una mayor eficiencia en las operaciones de transporte público, privado y particular dentro del estado de Morelos.
Cabe señalar que estas medidas buscan apoyar la economía de las familias morelenses y recompensar el cumplimiento oportuno de sus obligaciones vehiculares.